<description>&amp;iquest;Que se considera delito fiscal? 
&amp;iquest;A partir de que importe estamos hablando?
&amp;iquest;Qui&amp;eacute;nes pueden cometer este delito?
&amp;iquest;C&amp;oacute;mo se castiga? &amp;iquest;Hablamos de c&amp;aacute;rcel?
Casos famosos

M&amp;aacute;s info en:
https://javiernavarrovich.com/

info@javiernavarrovich.com

carrer Francisco Rover 4, Entlo. Palma de Mallorca

971075065

https://www.linkedin.com/in/patricianavarrosingala/

https://www.facebook.com/Javier-Navarro-Gabinete-econ%C3%B3mico-y-fiscal-2310602162553519/

https://www.facebook.com/patricia.navarrosingala


PRIMERO: &amp;iquest;QUE SE CONSIDERA DELITO FISCAL??
El delito fiscal se regula en el art&amp;iacute;culo 305 del c&amp;oacute;digo penal, dicho c&amp;oacute;digo regula materias como homicidios, robos, amenazas, tr&amp;aacute;fico de drogas&amp;hellip;. 
Un delito fiscal es un delito contra la hacienda p&amp;uacute;blica, se considera DEFRAUDAR A HACIENDA, por acci&amp;oacute;n u omisi&amp;oacute;n tanto ser&amp;aacute; estatal (AEAT), auton&amp;oacute;mica ATIB, local (ayuntamiento). 
&amp;iquest;Defraudar c&amp;oacute;mo? Bueno pues el propio art&amp;iacute;culo establece lo siguiente:
- &amp;iquest;Defraudar eludiendo pago de tributos, &amp;iquest;c&amp;oacute;mo?  ocult&amp;aacute;ndolo, no presentando unos ingresos o presentando menos ingresos, eludiendo el pago de tributos.
- Defraudar cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta. 
- Obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, 
El tema aqu&amp;iacute; est&amp;aacute;, es que, el delito es por ocultaci&amp;oacute;n, no por impago, esto es importante&amp;hellip;. t&amp;uacute; la cagas cuando no lo declaras, no cuando no pagas, sino cuando no lo declaras, cuando lo ocultas, si t&amp;uacute; lo declaras, pero NO ingresas, no pasa &amp;ldquo;nada&amp;rdquo; si hay papelito no hay delito, por no pagar no vas a la trena, vas a la trena por enga&amp;ntilde;ar, por ocultar.

SEGUNDO: &amp;iquest;QU&amp;Eacute; CUANTIA?
La ley establece que siempre que la cuant&amp;iacute;a de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros.
Hablamos de 120.000&amp;euro; por impuesto y por a&amp;ntilde;o.
exenci&amp;oacute;n 1 de la seguridad social hablamos de 50.000.-
exenci&amp;oacute;n 2 LIMITE EN 50000 en delitos contra la hacienda de la UE.

Entonces Hablamos de 120.000 por impuesto y por a&amp;ntilde;o, que parece mucho pero no lo es. 

TERCERO: &amp;iquest;QUIEN PUEDE COMETER DELITO?  solamente el obligado al pago, puede ser una persona f&amp;iacute;sica o una persona jur&amp;iacute;dica.
Aqu&amp;iacute;, comentaros este art&amp;iacute;culo es orientativo y no vinculante. Si necesit&amp;aacute;is realizar una consulta contable o fiscal, deb&amp;eacute;is dirigiros siempre a un profesional debidamente cualificado. Pod&amp;eacute;is contactar con nosotros a trav&amp;eacute;s del correo electr&amp;oacute;nico info@javiernavarrovich.com o llamando al 971075065.

CUARTO: &amp;iquest;CONSECUENCIAS? &amp;iquest;C&amp;Oacute;MO SE CASTIGA? 
ser&amp;aacute; castigado con la pena de prisi&amp;oacute;n de uno a cinco a&amp;ntilde;os y multa del tanto al s&amp;eacute;xtuplo de la citada cuant&amp;iacute;a, salvo que hubiere regularizado su situaci&amp;oacute;n tributaria.
Adem&amp;aacute;s de las penas se&amp;ntilde;aladas, se impondr&amp;aacute; al responsable la p&amp;eacute;rdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas p&amp;uacute;blicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el per&amp;iacute;odo de tres a seis a&amp;ntilde;os.
Y&amp;hellip; la condena m&amp;aacute;xima es de 6 a&amp;ntilde;os si defraudo m&amp;aacute;s de 600.000.-&amp;euro;

&amp;iquest;CUANDO PRESCRIBE?
El delito fiscal 5 a&amp;ntilde;os, si fuera infracci&amp;oacute;n tributaria a los 4, y si hemos defraudado m&amp;aacute;s de 600.000.-&amp;euro; prescribe a los 10.


Conclusi&amp;oacute;n: Ahora sabemos que delito fiscal consiste en defraudar a hacienda m&amp;aacute;s de 120.000 por impuesto y por a&amp;ntilde;o. Ahora sabemos que puedes ir a c&amp;aacute;rcel de 1 a 6 a&amp;ntilde;os dependiendo del importe, ahora sabemos que debe existir voluntad de defraudar.
Como no, la Frase del podcast de hoy, como no podr&amp;iacute;a ser de otra manera es de LOLA FLORES y dice as&amp;iacute;: &amp;ldquo;No sab&amp;iacute;a que esto pod&amp;iacute;a tener tanto castigo para una persona que no tiene dinero&amp;rdquo;.</description>

Patricia Navarro

Patricia Navarro

27 Cinco cuestiones que debes saber en concepto de delito fiscal

JUN 7, 202218 MIN
Patricia Navarro

27 Cinco cuestiones que debes saber en concepto de delito fiscal

JUN 7, 202218 MIN

Description

&iquest;Que se considera delito fiscal? &iquest;A partir de que importe estamos hablando? &iquest;Qui&eacute;nes pueden cometer este delito? &iquest;C&oacute;mo se castiga? &iquest;Hablamos de c&aacute;rcel? Casos famosos M&aacute;s info en: https://javiernavarrovich.com/ [email protected] carrer Francisco Rover 4, Entlo. Palma de Mallorca 971075065 https://www.linkedin.com/in/patricianavarrosingala/ https://www.facebook.com/Javier-Navarro-Gabinete-econ%C3%B3mico-y-fiscal-2310602162553519/ https://www.facebook.com/patricia.navarrosingala PRIMERO: &iquest;QUE SE CONSIDERA DELITO FISCAL?? El delito fiscal se regula en el art&iacute;culo 305 del c&oacute;digo penal, dicho c&oacute;digo regula materias como homicidios, robos, amenazas, tr&aacute;fico de drogas&hellip;. Un delito fiscal es un delito contra la hacienda p&uacute;blica, se considera DEFRAUDAR A HACIENDA, por acci&oacute;n u omisi&oacute;n tanto ser&aacute; estatal (AEAT), auton&oacute;mica ATIB, local (ayuntamiento). &iquest;Defraudar c&oacute;mo? Bueno pues el propio art&iacute;culo establece lo siguiente: - &iquest;Defraudar eludiendo pago de tributos, &iquest;c&oacute;mo? ocult&aacute;ndolo, no presentando unos ingresos o presentando menos ingresos, eludiendo el pago de tributos. - Defraudar cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta. - Obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, El tema aqu&iacute; est&aacute;, es que, el delito es por ocultaci&oacute;n, no por impago, esto es importante&hellip;. t&uacute; la cagas cuando no lo declaras, no cuando no pagas, sino cuando no lo declaras, cuando lo ocultas, si t&uacute; lo declaras, pero NO ingresas, no pasa &ldquo;nada&rdquo; si hay papelito no hay delito, por no pagar no vas a la trena, vas a la trena por enga&ntilde;ar, por ocultar. SEGUNDO: &iquest;QU&Eacute; CUANTIA? La ley establece que siempre que la cuant&iacute;a de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros. Hablamos de 120.000&euro; por impuesto y por a&ntilde;o. exenci&oacute;n 1 de la seguridad social hablamos de 50.000.- exenci&oacute;n 2 LIMITE EN 50000 en delitos contra la hacienda de la UE. Entonces Hablamos de 120.000 por impuesto y por a&ntilde;o, que parece mucho pero no lo es. TERCERO: &iquest;QUIEN PUEDE COMETER DELITO? solamente el obligado al pago, puede ser una persona f&iacute;sica o una persona jur&iacute;dica. Aqu&iacute;, comentaros este art&iacute;culo es orientativo y no vinculante. Si necesit&aacute;is realizar una consulta contable o fiscal, deb&eacute;is dirigiros siempre a un profesional debidamente cualificado. Pod&eacute;is contactar con nosotros a trav&eacute;s del correo electr&oacute;nico [email protected] o llamando al 971075065. CUARTO: &iquest;CONSECUENCIAS? &iquest;C&Oacute;MO SE CASTIGA? ser&aacute; castigado con la pena de prisi&oacute;n de uno a cinco a&ntilde;os y multa del tanto al s&eacute;xtuplo de la citada cuant&iacute;a, salvo que hubiere regularizado su situaci&oacute;n tributaria. Adem&aacute;s de las penas se&ntilde;aladas, se impondr&aacute; al responsable la p&eacute;rdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas p&uacute;blicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el per&iacute;odo de tres a seis a&ntilde;os. Y&hellip; la condena m&aacute;xima es de 6 a&ntilde;os si defraudo m&aacute;s de 600.000.-&euro; &iquest;CUANDO PRESCRIBE? El delito fiscal 5 a&ntilde;os, si fuera infracci&oacute;n tributaria a los 4, y si hemos defraudado m&aacute;s de 600.000.-&euro; prescribe a los 10. Conclusi&oacute;n: Ahora sabemos que delito fiscal consiste en defraudar a hacienda m&aacute;s de 120.000 por impuesto y por a&ntilde;o. Ahora sabemos que puedes ir a c&aacute;rcel de 1 a 6 a&ntilde;os dependiendo del importe, ahora sabemos que debe existir voluntad de defraudar. Como no, la Frase del podcast de hoy, como no podr&iacute;a ser de otra manera es de LOLA FLORES y dice as&iacute;: &ldquo;No sab&iacute;a que esto pod&iacute;a tener tanto castigo para una persona que no tiene dinero&rdquo;.